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Te presentamos el nuevo sitio de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica

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FONTAR
09/05/2007

Artículo 2do del Reglamento de Beneficios Promocionales de la Ley N° 23.877

  • ESTADO DE LA VENTANILLA
  • ABIERTA
  • CERRADA
APERTURA FECHA LIMITE ONLINE OBSERVACIONES
09/05/2007 30/11/2023
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OBJETIVO

Financiar proyectos de modernización tecnológica, adaptaciones y mejoras, desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y a introducir perfeccionamiento de productos y procesos, con bajo nivel de riesgo técnico y económico.

 

FINANCIAMIENTO Y PLAZO DE EJECUCIÓN

  • Monto: El financiamiento será de hasta el 80% del costo total del proyecto y de hasta pesos $20.000.000.-
  • Plazo de ejecución: Hasta 2 años.

 

 BENEFICIARIOS

Empresas productoras de bienes y servicios constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud del financiamiento y radicadas en el territorio nacional que cumplan con las siguientes condiciones:

Que en su último ejercicio hayan facturado un monto inferior a Pesos SETECIENTOS MILLONES ($ 700.000.000). A los fines del cálculo del volumen de ventas, se admitirá la deducción del 50% del importe de las exportaciones efectuadas únicamente por la beneficiaria.

En el caso de tener la beneficiaria vinculaciones por participación en el capital social con otras sociedades por un porcentaje mayor al 10%, para la determinación de sus ventas se deberán incluir las ventas proporcionales que le correspondan en cada una de las empresas vinculadas.

En el caso de que otras sociedades tengan vinculación por participación en el capital social de la beneficiaria por un porcentaje mayor al 10% se adicionaran las ventas de cada una de las empresas vinculadas siguiendo el siguiente criterio:

a) si el porcentaje es mayor al 50% se adicionara el 100% de las ventas

b) si el porcentaje es del 10% a 50% las ventas de la vinculada se adicionaran en base al porcentaje de participación en la beneficiaria.

Exclusiones:

    • Sociedades de Hecho.
    • Monotributistas
    • Instituciones sin fines de lucro
    • Dependencias gubernamentales
    • Exclusión de beneficiarios con actividad Financiera, Seguros, Juegos de azar, empresas que únicamente realicen inversión en sociedades, inmobiliarias, servicios de organización y organismos extraterritoriales, empresas que facturen en nombre y representación de terceros (Comisiones).
    • Las sociedades deberán tener una antigüedad de un año a partir de su inscripción en el organismo de control correspondiente y haber confeccionado el primer balance anual  que cumpla  los requisitos formales solicitados para los mismos. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas.

 

PLAZO DE EJECUCION

Hasta 2 años.

PLAZO DE GRACIA

Hasta dos (2) años y comenzará a regir a partir del día del primer desembolso del crédito y se establecerá durante el proceso de evaluación del proyecto. En ningún caso retrasos en la ejecución del proyecto modificarán el plazo establecido.

AMORTIZACION

El sistema de amortización será Francés. En el período de gracia se devengarán intereses que se irán acumulando, y el pago de los mismos se deberá efectivizar al fin de cada año de gracia, en cuotas únicas anuales. La amortización se efectuará en hasta doce (12) cuotas cuatrimestrales y vencidas a partir del vencimiento del plazo de gracia.

DESEMBOLSO

El beneficio se desembolsará en un todo de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado. Los desembolsos posteriores al anticipo, se efectuarán previa verificación y aprobación técnica de la etapa prevista en el plan de trabajo aprobado y de la rendición de cuentas presentada.

TASA DE INTERES

La tasa de interés aplicada a los créditos otorgados será Fija y en Pesos, con un costo del 8% anual, facultándose al Directorio de la AGENCIA para su modificación o adecuación.

COSTO COMPARTIDO

El beneficiario deberá aportar un monto no inferior al veinte por ciento (20%), del costo total del proyecto.

Los RRHH presupuestados deberán pertenecer a la planta permanente de la empresa en relación de dependencia.

 

PRESENTACIÓN DEL PROYECTO

Para la presentación del proyecto ante el FONTAR, se requiere previamente la presentación de una Idea-Proyecto (IP). Completar el Formulario que se encuentra en “Descargas" de la sección Idea-Proyecto

Posteriormente, el representante legal deberá realizar la presentación de la IP a través de la plataforma de Tramites a Distancia (TAD) con acceso de AFIP nivel 3. Una vez presentada, la misma es analizada por un Comité de elegibilidad que determinará si la propuesta se encuadra o no dentro de los objetivos del instrumento.

Para ser admitidas, las propuestas deberán contener todos los formularios, las declaraciones juradas, la información solicitada en Anexo INFORMACIÓN FINANCIERA.pdf (archivo ubicado para descargar en la carpeta formularios). Además los postulantes al momento de la presentación, deberán tener sin atrasos todos los proyectos que tengan en ejecución. Por otro lado no podrán estar en mora con la Agencia al momento de la presentación del proyecto, ni encontrarse adherido a convenios de pago.

Se informa que a partir de la fecha 25 de Agosto de 2021 se debe abonar $10.000 en concepto de gastos de evaluación de la IP, monto que no será devuelto bajo ninguna circunstancia. 

 

TRÁMITE EN TAD (Trámites a Distancia) 

  • Aclaración 1: El trámite es el mismo para todas las convocatorias de FONTAR. Se puede acceder haciendo clic acá Trámite Fontar - Agencia I+D+i
  • Aclaración 2: Haciendo clic en el link, se abre una página para INICIAR EL TRÁMITE, al final de los siete (7) puntos de las instrucciones están los botones. Son dos opciones, el trámite se inicia haciendo clic en AFIP o en MI ARGENTINA. Hay que hacer clic en algunos de esos dos botones para comenzar. 

Si fuera necesario copiar y pegar el link del trámite es este: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5457 

IMPORTANTE: El trámite en la plataforma TAD (Trámites a Distancia) se llama "Agencia Fontar", ahí tiene que completar los datos. Para ingresar al TAD que corresponde a esta convocatoria tiene que completar los datos en este. 

ACLARACIÓN sobre el Formulario de solicitud en TAD: 

Entre los campos a completar en Datos del proyecto se solicita un "Código de proyecto" (y dice así: "cargado en la Plataforma Agencia y que figura en el encabezado del Reporte de SGP) que debe completarse con el número 0 (cero) o dejar el campo vacío

 

 

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