01.09.2015
FONTAR -
OBJETIVO
Financiar parcialmente proyectos que tengan como meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas de distintas ramas de actividad, mediante “proyectos de innovación y desarrollo tecnológico”, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos.
BENEFICIARIOS
Empresas que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.
PROYECTOS ELEGIBLES
Aportes No Reembolsables para proyectos de desarrollo tecnológico. Se financiarán proyectos que se orienten a:
FINANCIACIÓN Y PLAZOS DE EJECUCIÓN
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Las bases y formularios de la convocatoria podrán solicitarse por correo electrónico a: anr@mincyt.gob.ar o descargarse desde la columna "Enlaces de la publicación" de esta convocatoria. La presentación deberá instrumentarse a través del sistema on line que figura en la página web del FONTAR y mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la leyenda “ANR 2015 C3 – 2.200”, N° asignado por el sistema on-line y la identificación de la empresa. La información presentada por sistema y en papel deberá ser coincidente. La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria deberá realizarse en la Agencia- FONTAR, Godoy Cruz 2370 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria podrá realizarse en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT- FONTAR.