OBJETIVO
- La modalidad I (Certificación de Calidad): tiene como objetivo mejorar la calidad de los productos de software que se desarrollan, y/o la mejorar la calidad de los procesos de creación, diseño, desarrollo y mantenimiento de software, como medios para aumentar la competitividad del sector.
- La modalidad II (Desarrollo de procesos de software, productos, servicios, sistemas o soluciones en tecnología y/o telecomunicaciones): tiene como objetivo financiar el proceso previo de su puesta en el mercado.
Cabe destacar que tendrán preferencia todos aquellos proyectos orientados a satisfacer las prioridades temáticas de los Núcleos Socio Productivos Estratégicos (NSPE) definidos en el marco del Plan Nacional De Ciencia, Tecnología e Innovación: “ARGENTINA INNOVADORA 2020″.
BENEFICIARIO
- Personas físicas y las empresas constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional, productoras de bienes y/o servicios que satisfagan la condición PYMEs del sector TICs.
En el caso de que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Asociación de Colaboración, etc.).
PROYECTOS ELEGIBLES
- I. Certificación de Calidad: Proyectos de mejora en la calidad de los productos de software que se desarrollan, o bien en los procesos de creación, diseño, desarrollo y mantenimiento de software como un medio para aumentar la competitividad del sector TICs. Se financiarán exclusivamente proyectos que se orienten a implementar alguna norma de calidad reconocida por lo que deben incluir el objetivo de alcanzar un hito específico, de nivel intermedio o superior, a partir de una evaluación exitosa utilizando un modelo de calidad reconocido. No se aceptaran certificaciones de mantenimiento de Sistemas de Gestión de Calidad ya implementados.
- II. Desarrollo de nuevos procesos de software, productos, servicios, sistemas o soluciones en tecnología y/o telecomunicaciones: Se financiarán proyectos que se orienten a implementar actividades de innovación tecnológica acordes con los objetivos del llamado. Específicamente se considerará elegibles los proyectos orientados a:
- Desarrollo tecnológico.
- Generación de conocimientos aplicables a una solución tecnológica.
- Desarrollo de innovación de productos, servicios y procesos.
- Introducción de tecnologías de gestión, y capacitación y reentrenamiento de recursos humanos, siempre y cuando acompañen a objetivos innovativos de procesos y/o productos
- Actividades previas a la puesta en el mercado de dichos productos, servicios y procesos, siempre y cuando acompañen una etapa previa de desarrollo de tecnología hasta etapa prototipo, o bien el desarrollo e innovación de productos y procesos.
FINANCIACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN
- MODALIDAD I: Aportes No Reembolsables por un monto de hasta $ 780.000.-
- MODALIDAD II: Aportes No Reembolsables por un monto de hasta $ 2.200.000.-
Las empresas solicitantes podrán presentar más de un proyecto en esta convocatoria, siempre y cuando el monto total del ANR solicitado en las distintas presentaciones no exceda la suma de $ 2.200.000.-
Los proyectos tendrán un plazo de ejecución máximo de:
- MODALIDAD I: 16 meses.
- MODALIDAD II: 18 meses.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá descargarse de la columna "Enlaces de la publicación" o solicitarse por correo electrónico a fonsoft@mincyt.gob.ar.
La presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria deberá realizarse en la ANPCyT-FONSOFT, sita en Godoy Cruz 2370, por Mesa de Entrada (PB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P. C1425FQD) o en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877.