08.11.2021

FONTAR -

ASIS - TECg

 

 

En el marco de las funciones de la AGENCIA I+D+i establecidas por el Decreto 157/20, este organismo tiene la facultad de proceder al cierre de la Ventanilla Permanente cuando lo considere correspondiente.

 

OBJETIVO

Ayudar a empresas y cooperativas, colectivamente, a identificar y solucionar retos tecnológicos que afecten a su competitividad mediante el apoyo de Asesores Tecnológicos Expertos en su sector de actividad, en el marco del Programa de Innovación Tecnológica cofinanciado por el BID.

Paralelamente se busca apoyar proyectos donde Centros Tecnológicos de la Red CEN-TEC brinden las Asistencias Tecnológicas y además sean proveedores de la prestación de Servicios Tecnológicos.

 

BENEFICIARIO

Podrán  ser  beneficiarios  de  las  subvenciones  no  reembolsables  las  empresas Pymes y cooperativas . Dichas  empresas  deberán  funcionar  en  un  todo  de  acuerdo  a  las  leyes  nacionales que  rigen  la  tipificación  de  las  mismas  y  de  las  resoluciones de  los  organismos  de contralor pertinentes.

Serán elegibles las Cooperativas que cumplan con la condición Pyme de acuerdo a la reglamentación dispuesta por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, constituidas de acuerdo a las leyes nacionales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional.

En el caso de no contar con el documento definido en el párrafo anterior, se procederá a efectuar evaluación de la condición pyme.

 

NATURALEZA DEL BENEFICIO

La Asistencia tendrá un número mínimo de 3 empresas y un máximo de 15.

La presentación e implementación de la misma será responsabilidad directa de las empresas.  Sin  perjuicio  de  lo anterior,  la  Asistencia podrá  ser presentada  por  una entidad  o  Institución  pública  o  privada  o  una Unidad  de  Vinculación  Tecnológica (UVT) que actuará como organizadora del proyecto a ejecutar.

En  caso  de  existir  dicha  organizadora,  la  misma  será  quien  conjuntamente  con  el grupo  de  empresas  propondrá  a  los  técnicos  o  Asesores  tecnológicos  que  se desempeñarán en el proyecto.

 

PROYECTOS ELEGIBLES

Serán elegibles los proyectos que entre sus objetivos contengan o propendan a:

  • Planificación del cambio de tecnología.
  • Diseño e implementación de estrategias tecnológicas como respuesta a la evolución del entorno competitivo.
  • Gestión de la tecnología: Plan tecnológico, evaluación de la competitividad y del potencial tecnológico propio, protección de las innovaciones, etc.
  • Optimización del proceso de desarrollo de nuevos productos.
  • Mejora de procesos tecnológicos: reingeniería de procesos, benchmarking.
  • Gestión de la Cooperación estratégica tecnológica.
  • Profundización de un diagnóstico de las problemáticas y la formulación de un plan que dé respuesta a ellas, en materia de gestión, procesos, productos, organización de la producción, etc.
  • Identificación de organismos tecnológicos y proveedores de servicios técnicos que contribuyan a solucionar los problemas y necesidades de las empresas, de acuerdo a un plan de trabajo.
  • Desarrollo en las empresas de una mayor capacidad de autodiagnóstico e información tecnológica que permitan mejorar su competitividad.
  • Apoyo al desarrollo de estrategias asociativas de desarrollo productivo que provoquen cambios en las empresas participantes, tanto internos (productividad, gestión tecnológica, etc.), como también externos (competitividad, alianzas estratégicas, encadenamientos productivos, etc.).
  • Desarrollo de un plan de plataformas tecnológicas comunes.
  • Planificación de la transformación digital e industria 4.0 aplicados en distintos sectores de actividad económica
  • Planificación de la gestión ambiental y el tratamiento de residuos y efluentes.
  • Plan de gestión de la eficiencia energética

 

FINANCIACIÓN

El financiamiento del componente ASIS TECg consistirá en una subvención no reintegrable con el máximo de hasta $22.500.000 por grupo de beneficiarios, respetando el límite individual máximo $1.500.000 por empresa o cooperativa participante.

Además se deberán respetar los siguientes límites internos:

  • Componente Asistencias Tecnológicas: $18.000.000 por grupo de beneficiarios; respetando el límite individual por empresa o cooperativa de hasta $1.200.000.-
  • Componente Servicios Tecnológicos: hasta $7.500.000 (voucher) por grupo de beneficiarios; respetando el límite individual por empresa o cooperativa de hasta $500.000.-.

El FONTAR aportará como máximo el 80% del Costo Total del Proyecto, manteniendo ese porcentaje máximo por cada participante y los beneficiarios deberán aportar no menos del 20% del Costo Total del Proyecto, respetando dicho porcentaje mínimo en cada uno de los beneficiarios.

Existirá además la posibilidad de solicitar “Vouchers” para el pago de Servicios Tecnológicos. Se entenderá por Voucher al medio de pago a utilizar, que operará bajo la modalidad de “Pago Directo a Proveedor” por parte de la Agencia; mediante el cual se reconocerán gastos a ser financiados por el FONTAR.

El  beneficio  se  efectivizará  bajo  la  modalidad  de  reembolso  de  pago  hecho,  previa verificación  y  aprobación  técnica  de  la  etapa  y/o  actividad  prevista  en  el  plan  de trabajo  definitivo  y  aprobación  de  la  rendición  de  gastos  que  debe  acompañar  el informe técnico.

Los gastos e inversiones afectados al proyecto, se reconocerán a partir de la fecha de presentación del proyecto.

 

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y PLAZO DE EJECUCIÓN

Se deberá presentar los proyectos de acuerdo al “Instructivo de Presentación y SGP”, que se encuentra en la columna “Enlaces de la Publicación” de la presente ventanilla. En el mismo se describen los formularios a completar y la forma hacerlo, así como también toda la información y documentación anexa requerida que se deberá presentar, tanto en papel como on-line.

Una  vez  generada  la  presentación  en  la  plataforma  mencionada,  el  representante legal  deberá  confirmar  la  misma  mediante  el  envío  de  la  referida  presentación generada, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con clave de acceso de AFIP nivel 3, de acuerdo al procedimiento establecido.

Para mayor información, consultar en las condiciones/bases publicadas en enlaces de la publicación y el  instructivo de SGP para la presentación.

En el Pto. 10.3 "Formularios y Documentación" -de las nuevas condiciones- se especifica en detalle qué se deberá adjuntar.

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución propuesto de 12 meses.