24.10.2022
FONTAR -
OBJETIVO
Financiar parcialmente proyectos cuya finalidad sea mejorar los argumentos de competencia mediante la incorporación de tecnología, la modernización tecnológica o el desarrollo tecnológico.
Mediante este financiamiento se busca estimular la capacidad innovadora de las empresas de distintas ramas de actividad del país, propiciando la generación de innovaciones de productos o de procesos, fomentando la utilización de recursos técnicos y considerando a la creatividad como un elemento importante para la creación de valor.
Será valorada la articulación de los impulsos emprendedores de las empresas con la capacidad de transferencia y de prestación de servicios de las instituciones científico-tecnológicas de todo el país.
BENEFICIARIO
Las empresas o cooperativas sujeto de beneficio deben estar constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. Además, deberán contar con la condición PYME.
En caso que los solicitantes fueran empresas con participación del Estado Nacional o Provincial, en cualquiera de sus figuras jurídicas (ej: SA, SE, SAPEM, SM, otras), no será exigida la condición pyme.
PROYECTOS ELEGIBLES
Proyectos donde la innovación tecnológica sea el eje de valor. Estos, deberán enmarcarse en las siguientes opciones:
FINANCIACION
Los beneficiarios podrán solicitar créditos de hasta pesos cien millones ($100.000.000), con un mínimo de cuarenta millones ($40.000.000).
La Agencia podrá financiar hasta el ochenta (80%) del costo total del proyecto. El beneficiario deberá aportar como mínimo el veinte (20%) del costo total del proyecto.
CONDICIONES DEL APORTE REEMBOLSABLE:
PLAZO DE EJECUCION
El plazo máximo de ejecución será de doce (12) meses.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Las condiciones de la Convocatoria y la documentación respectiva se encuentran para descargar de esta misma página a la derecha en la columna "Enlaces de la publicación".
La presentación deberá instrumentarse mediante el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).
Una vez generada la presentación en la plataforma mencionada, el representante legal deberá confirmar la misma mediante el envío de la referida presentación generada, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con clave de acceso de AFIP nivel 3, de acuerdo al procedimiento establecido.
TRÁMITE EN TAD (Trámites a Distancia)
Aclaración 1: El trámite es el mismo para todas las convocatorias de FONTAR. Se puede acceder haciendo clic acá Trámite Fontar - Agencia I+D+i
Aclaración 2: Haciendo clic en el link, se abre una página para INICIAR EL TRÁMITE, al final de los siete (7) puntos de las instrucciones están los botones. Son dos opciones, el trámite se inicia haciendo clic en AFIP o en MI ARGENTINA. Hay que hacer clic en algunos de esos dos botones para comenzar.
Si fuera necesario copiar y pegar el link al trámite es: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5457
IMPORTANTE: El trámite en la plataforma TAD (Trámites a Distancia) se llama "Agencia Fontar", ahí tiene que completar los datos. Para ingresar al TAD que corresponde a esta convocatoria tiene que completar los datos en este.
Enlace a la Plataforma TAD para INICIAR TRÁMITE