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FONTAR -

ANR P+L 2012

 

OBJETIVOS

  • Apoyar la inversión de pequeñas y medianas empresas en I+D+i, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y procesos, que generen el menor impacto ambiental, mejoren la equidad social y promuevan la prosperidad económica, mediante:
    • Proyectos de Producción más Limpia, que podrán recibir subvenciones de hasta el 60% del costo total del proyecto
    • Proyectos de Desarrollo de Tecnologías para la Gestión Ambiental de residuos y de efluentes, que podrán recibir subvenciones de hasta el 50% del costo total del proyecto. Se deberá verificar una optimización en el uso de los recursos y/o una minimización de residuos, efluentes y emisiones.

 

BENEFICIARIOS

Empresas productoras de bienes y servicios que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.


PROYECTOS ELEGIBLES

Se contemplan dos modalidades de proyectos elegibles:

  • Proyectos de Producción más Limpia:Son aquellos en los que hay una modificación o desarrollo de un producto o proceso que minimiza la generación de residuos y efluentes en el ciclo de producción o uso, sin recurrir a tratamientos ad hoc para el vertido o disposición, y que se orienten a:Desarrollo de tecnologías 3R: Comprende el desarrollo de tecnologías de reuso, reciclado y recuperación de insumos y/o materiales auxiliares dentro del mismo proceso productivo con el objetivo de optimizar el uso de materiales y disminuir la generación de residuos, efluentes y emisiones en la fuente.Sustitución de Materiales: Comprende el desarrollo de innovaciones en procesos, con el objetivo de reducir o eliminar aquellos materiales o insumos contaminantes, y que requieran esfuerzos de ingeniería y/o investigación relevantes.Cambios Tecnológicos: Comprende el desarrollo de innovaciones en procesos con el objetivo de incrementar la eficiencia y el desempeño ambiental en el ciclo de producción. No incluye el tratamiento de desechos o la remediación de sitios contaminantes.Diseño y desarrollo de productos: Comprende el desarrollo de innovaciones en productos (nuevos o mejorados) o en sus envases y embalajes que minimicen el impacto ambiental del producto durante las etapas de producción, utilización y/o disposición final.
  • Proyectos de Desarrollo de Tecnologías para la Gestión ambiental de residuos y efluentes que se oriente a:
    • Desarrollo de tecnologías 3R: Comprende el desarrollo de tecnologías de reuso, reciclado y recuperación de insumos y/o materiales auxiliares dentro de la empresa como insumos de otros proceso productivo, nuevos o existentes, con el objetivo de optimizar el uso de materiales y disminuir la generación de residuos, efluentes y emisiones en la fuente.
    • Cambios Tecnológicos: Comprende el desarrollo de innovaciones en procesos con el objetivo de incrementar el desempeño ambiental mediante el tratamiento de los desechos.


FINANCIACIÓN

  • Aportes No Reembolsables de hasta PESOS OCHOCIENTOS ($800.000).
  • Modalidad A: Los proyectos presentados podrán recibir subvenciones de hasta el 60% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.
  • Modalidad B: Los proyectos presentados podrán recibir subvenciones de hasta el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.
  • En ningún caso podrá asignarse a una empresa subsidios por un monto mayor a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), pudiendo la misma empresa presentar más de un proyecto, siempre y cuando la sumatoria de los montos de ANR solicitados no exceda este monto.
  • Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 36 meses.
  • Se reconocerán gastos a ser financiados por el FONTAR o por la contraparte empresaria, a aquellos realizados a partir de la fecha del 16/07/12.

Nota: Se reconocerán gastos para la adquisición de bienes importados y/o contratación de servicios de empresas extranjeras, siempre y cuando estos sean provenientes de países miembros del BID.


PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá solicitarse por correo electrónico anr-pl@mincyt.gob.ar, u obtenerse de la pagina web de la Agencia.
La presentación deberá instrumentarse a través del sistema on line de la página Web del FONTAR y mediante sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la dirección de la Agencia, la leyenda “ANR P+L 2012” y la identificación de la empresa. Dentro del mismo se incluirán dos juegos completos de los formularios y de la documentación anexa, firmados en todas sus páginas por el apoderado de la empresa. La información presentada por el sistema on line deberá coincidir con los impresos firmados por el apoderado de la empresa.
La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria deberá realizarse en la Agencia- FONTAR, Godoy Cruz 2370 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las presentaciones que se realicen por correo deberán tener sello de ingreso de la Mesa de Entradas de la AGENCIA con fecha anterior al viernes 2 de Noviembre de 2012.

Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de deposito de PESOS OCHOCIENTOS ($800) en la cuenta corriente en pesos N°2542/79, Denominada “MCTeIP-7100/336-Modern.Tecn.-BID 1728” del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo. Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que el CBU de dicha cuenta es el No 01105995-20000002542793 y el CUIT N° 30-57191007-8. Este monto será utilizado para los costos de pliego y gastos técnicos que genere este llamado y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo como gasto de contraparte.

La presentación de los proyectos y de la documentación complementaria podrá realizarse en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT- FONTAR.