08.04.2010

FONTAR -

Crédito Fiscal 2010

 

OBJETIVO

Mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios de distintas ramas de actividad, mediante el financiamiento de proyectos de Investigación y Desarrollo, Modernización o Consejerías tecnológicas.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios del régimen de crédito fiscal las personas físicas o jurídicas titulares de empresas productoras de bienes y servicios radicadas en el territorio de la República Argentina.
No podrán ser beneficiarios del Crédito Fiscal aquellas empresas o personas físicas que tengan aprobado o hayan recibido algún Beneficio Promocional o financiamiento de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA para el mismo proyecto o alguna de sus etapas.

 

FINANCIAMIENTO

  • Se destinará a los efectos de la presente convocatoria un monto de PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000) conforme lo dispuesto por la Ley Nº 26.546 Art°32.
  • El importe de Crédito Fiscal, aplicable exclusivamente al impuesto a las ganancias y asignable para la financiación de cada proyecto, no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del costo total del proyecto. Los certificados de Crédito Fiscal serán emitidos a favor de los beneficiarios y serán intransferibles.

 

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

El pliego de bases y condiciones y la documentación respectiva podrá retirarse en la sede de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT- FONTAR), Av. Córdoba 831 Piso 5; solicitarse por correo electrónico a creditofiscal@mincyt.gob.ar, por fax al 011-48918700, por correo postal indicando la dirección a la cual debe remitirse la información, personalmente en las sedes de las Autoridades de Aplicación Provinciales de la Ley Nº 23877 de Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica o de la página web de la Agencia.

 

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

La presentación deberá realizarse en un sobre cerrado en el que deben incluirse dos sobres cerrados e identificados como sobre N°1 y sobre N°2.

  • El sobre N°1: Deberá contener: dos juegos completos del formulario y de la documentación anexa, firmados en todas sus páginas, y dos copias en soporte informático. (La copia debe ser exactamente igual al original). Asimismo, junto con la propuesta se deberá acreditar comprobante de depósito de PESOS SEISCIENTOS ($600), en la Cuenta Corriente, en pesos N° 2543/82 Denominada “SCTEIP-7000/336-ANPCYT” del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo. Para dicho depósito deberá retirarse previamente la boleta respectiva en la sede de la ANPCyT, FONTAR 5to. Piso. Para el caso de realizar transferencia electrónica el CBU de la mencionada cuenta es 01105995-20000002543826 – C.U.I.T. 30-70765520-4. Este monto será utilizado para los costos de pliego y gastos técnicos que genere esta convocatoria y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo en el costo del proyecto.
  • El sobre N°2: Deberá contener: el porcentaje de Crédito Fiscal solicitado sobre el costo total del proyecto y será abierto en el caso que el proyecto califique técnica, económica y financieramente. La presentación de proyectos deberá realizarse enviando los sobres 1 y 2 a las Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877 o en la ANPCyT - FONTAR. Las presentaciones que se realicen vía postal, deberán tener sello de ingreso a la Mesa de entradas de la Agencia con fecha anterior al 14 de junio de 2010.

* La convocatoria ha sido aprobada mediante la resolución n° 064/10 del directorio de la Agencia.